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Estado Especial de Inmigrante Juvenil

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Estado Especial de Inmigrante Juvenil

Special Immigrant Juveniles (IJS) – Si eres un joven en los Estados Unidos que ha sido abusado, abandonado o descuidado por un padre, podrías ser elegible para la clasificación de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ, por sus siglas en inglés). Esta clasificación es una vía hacia la residencia permanente legal, comúnmente conocida como obtener la Tarjeta Verde.

Elegibilidad para la Clasificación SIJ

Para ser elegible, debes cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley. Estos incluyen:

  • Edad: Debes tener menos de 21 años al momento de presentar la petición SIJ (Formulario I-360).
  • Estado Civil: Debes ser soltero, lo que significa que nunca has estado casado o que tu matrimonio terminó en anulación, divorcio o muerte.
  • Ubicación y Dependencia: Debes vivir actualmente en los Estados Unidos y depender de un tribunal de menores, estar bajo la custodia de una agencia estatal o una persona o entidad designada por el tribunal.
  • Reunificación Familiar: Debe ser imposible tu reunificación con uno o ambos padres debido a abuso, abandono, negligencia o un motivo similar bajo la ley estatal.
  • Interés Superior: No debe estar en tu mejor interés regresar al país de nacionalidad o residencia habitual de tus padres.
  • Consentimiento de USCIS: Debes haber buscado la orden del tribunal de menores principalmente para obtener alivio del maltrato parental y no principalmente para obtener un beneficio migratorio.

Órdenes de Tribunales Juveniles Estatales

Un tribunal juvenil es aquel que tiene jurisdicción bajo la ley estatal para tomar decisiones judiciales sobre la dependencia o custodia y cuidado de los menores. Las decisiones y órdenes de estos tribunales se basan en la ley estatal y USCIS no requiere que un tribunal juvenil tenga la autoridad legal para colocar a un niño bajo la custodia de un padre no apto para hacer una determinación de reunificación calificada para la clasificación SIJ.

Cómo Solicitar la Clasificación SIJ (Formulario I-360)

Para solicitar la clasificación SIJ, debes presentar lo siguiente a USCIS:

  • Formulario I-360: Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial.
  • Evidencia de Edad: Como un certificado de nacimiento, pasaporte u otro documento oficial que establezca tu edad.
  • Orden(es) Válida(s) de la Corte Juvenil: Que hagan las determinaciones requeridas y estén respaldadas por evidencia.
  • Consentimiento Escrito: Del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. / Oficina de Reasentamiento de Refugiados si estás bajo la custodia de HHS y la orden del tribunal también cambia tu estado de custodia o colocación.

Consideración de Acción Diferida

USCIS también considera la acción diferida para no ciudadanos con una Forma I-360 aprobada para la clasificación SIJ que no puedan solicitar el ajuste de estatus únicamente porque un número de visa de inmigrante no está inmediatamente disponible. La acción diferida es una discreción procesal que difiere los procedimientos para remover a un no ciudadano de los Estados Unidos por un cierto período de tiempo. No proporciona un estatus legal.

Tarjeta Verde Basada en la Clasificación SIJ (Formulario I‑485)

Si se te ha otorgado la clasificación SIJ, puedes ser elegible para solicitar una Tarjeta Verde presentando el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus.

Este proceso es crucial para proteger a los jóvenes vulnerables y brindarles un camino hacia una vida segura y estable en los Estados Unidos. Como abogado especializado en inmigración, recomiendo encarecidamente buscar asesoramiento legal para navegar este proceso complejo pero vital.

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