Permiso de trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo

Permiso de trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo

Incluso si has ingresado a Estados Unidos con una visa válida, no se te concede automáticamente el derecho a trabajar. Dependiendo de la clase de visa con la que hayas ingresado al país, deberás solicitar un Documento de Autorización de Empleo, conocido como “EAD” por sus siglas en inglés, antes de poder trabajar legalmente en Estados Unidos. Este proceso comienza presentando el Formulario I-765 ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (“USCIS”, por sus siglas en inglés). Aquellos que tienen una visa de no inmigrante y están en proceso de ajustar su estatus a residente permanente (pero aún no han recibido su tarjeta verde) también deberán solicitar un EAD para poder trabajar en los Estados Unidos. Después de obtener la tarjeta de EAD, recuerda que no dura para siempre y deberás renovarla antes de la fecha de vencimiento.

¿Qué derechos otorga un Permiso de Trabajo válido (I-765) – Documento de Autorización de Empleo?

Se otorga un documento de autorización de empleo (tarjeta de EAD) al solicitante si su presentación del formulario I-765 ha sido exitosa. El solicitante recibirá una tarjeta de EAD laminada del tamaño de una billetera con su foto, datos biométricos (como huellas dactilares) y una fecha de vencimiento. La mayor ventaja de la tarjeta de EAD es la flexibilidad laboral. Mientras tu EAD sea válido, tienes la libertad de solicitar un nuevo trabajo o cambiar tu trabajo actual a voluntad, no necesitas que tu empleador presente ninguna solicitud en tu nombre. Tu tarjeta de EAD es tu permiso de trabajo y es una prueba legal de que tienes derecho a trabajar en Estados Unidos. Mostrar tu EAD a posibles empleadores les asegurará que estás legalmente autorizado para trabajar en Estados Unidos y que no corren ningún riesgo de infringir las leyes de inmigración estadounidenses al contratarte.

¿Quién es elegible para solicitar un Permiso de Trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo?

Aquí tienes una lista de las categorías comunes de visas cuyos titulares deben solicitar un EAD para trabajar legalmente en Estados Unidos:

  • El cónyuge dependiente (visa H-4) de un titular de visa H-1B con una solicitud de I-140 (Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero) aprobada.
  • Estudiantes extranjeros bajo la clase de visa F-1 que necesitan experiencia laboral como parte de su programa de estudio o, en casos raros, pueden demostrar dificultades económicas graves.
  • Estudiantes extranjeros bajo la designación de visa M-1 que necesitan experiencia práctica al finalizar sus estudios.
  • Solicitantes de Ajuste de Estatus que han presentado un formulario I-485 y están esperando a que el USCIS procese sus solicitudes.
  • Aquellos a quienes se les ha otorgado el estatus de refugiado o asilo pueden solicitar un EAD junto con sus cónyuges e hijos.
  • En algunos casos, los solicitantes de asilo también pueden solicitar un EAD.
  • Prometidos/prometidas de ciudadanos estadounidenses bajo la categoría de visa K-1.
  • Hijos solteros menores de 21 años (categoría K-2) de titulares de visa K-1.
  • Cónyuge extranjero (titulares de visa K-3) de un ciudadano estadounidense.
  • Hijos solteros menores de 21 años (categoría K-4) de titulares de visa K-3.
  • Cónyuge de cualquier titular de visa de inversor de la categoría E.
  • Cónyuge o hijo soltero menor de 21 años (categoría J-2) de un titular de visa J-1 de visitante de intercambio.
  • Cónyuge dependiente L-2 de un titular de visa L-1.

Esta es solo una descripción general de algunas de las categorías de visa más comunes que pueden solicitar un Permiso de Trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo. Está actualizada hasta junio de 2021, pero no es una lista estática y cambiará con el tiempo a medida que se aprueben nuevas leyes y se implementen nuevas reglas. Para obtener una lista actualizada de todas las categorías de visas elegibles para solicitar un permiso de trabajo, visita la página I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, en el sitio web del USCIS.

¿Cómo solicito un Permiso de Trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo? ¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

En comparación con la mayoría de las solicitudes del USCIS, el Formulario I-765 es bastante sencillo. Deberás completar el formulario y enviarlo por correo al USCIS junto con todos los documentos de respaldo requeridos. Deberás averiguar la ubicación para presentar la solicitud y determinar la tarifa correspondiente en la página de información del Formulario I-765 del USCIS. Para obtener una lista de verificación de todos los documentos de respaldo requeridos, visita la página de USCIS aquí. Los estudiantes extranjeros bajo las clases de visa F-1 o M-1 deberán consultar con la oficina de estudiantes internacionales de su escuela para obtener ayuda en la solicitud de autorización de trabajo en Estados Unidos.

Los tiempos de procesamiento del Formulario I-765 pueden variar considerablemente entre las diferentes oficinas locales del USCIS. Para obtener información actualizada sobre los tiempos de procesamiento, visita la página de Verificación de Tiempos de Procesamiento del USCIS, selecciona el Formulario I-765 en el menú desplegable y la oficina local correspondiente, y haz clic en el botón “Obtener Tiempo de Procesamiento”.

¿Es ilegal trabajar en Estados Unidos sin un Permiso de Trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo?

Trabajar en Estados Unidos sin autorización es ilegal, incluso para titulares de una visa válida. Las infracciones son tomadas muy en serio por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) y las sanciones pueden ser graves. Por ejemplo, a un titular de visa de no inmigrante en proceso de ajustar su estatus a residente permanente y que sea atrapado trabajando sin autorización, se le podría negar por completo la solicitud de tarjeta verde.

Cualquier persona que sea descubierta trabajando sin autorización también puede ser prohibida de ingresar a Estados Unidos durante un período de tres o diez años, dependiendo de cuánto tiempo haya trabajado sin permiso. A los titulares de visas de turista o estudiante que sean descubiertos trabajando sin autorización, el USCIS les niega regularmente renovaciones de visa o solicitudes de ajuste de estatus por haber violado los términos de su visa. Se requiere un permiso de trabajo incluso para empleos a corto plazo o informales. Incluso unas pocas horas de trabajo sin autorización resultarán en problemas serios de inmigración en el futuro; es mejor no arriesgarse.

Para garantizar tu seguridad, consulta con un abogado de inmigración para asegurarte de que eres elegible para trabajar o solicitar un Permiso de Trabajo (I-765) – Documento de Autorización de Empleo antes de buscar trabajo.

Formas en las que puedes perder tu estatus de residente permanente

Formas en las que puedes perder tu estatus de residente permanente

El estatus de residente permanente se otorga a las personas que tienen la intención de vivir en Estados Unidos a largo plazo y eventualmente solicitar la ciudadanía. Siendo residente permanente, también conocido como titular de la tarjeta verde, tienes el privilegio de vivir y trabajar en Estados Unidos de manera permanente, pero existen formas de perder este estatus. La residencia permanente viene con un conjunto de reglas a las que el solicitante debe comprometerse y cumplir, y violar estas reglas puede desencadenar un proceso de remoción (deportación) y la pérdida del estatus de residente permanente.

Aquí están las cinco formas más comunes en las que esto puede suceder:

1. Pasar largos periodos fuera de Estados Unidos

Los residentes permanentes que pasan más de 12 meses fuera de Estados Unidos pueden perder su estatus si el gobierno estadounidense determina que han abandonado su residencia permanente. Incluso períodos más cortos fuera de Estados Unidos pueden desencadenar la pérdida del estatus. Al regresar a Estados Unidos, los residentes permanentes que han pasado mucho tiempo en el extranjero serán evaluados por los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés), quienes pueden determinar que estas personas tenían la intención de vivir permanentemente fuera de Estados Unidos y, por lo tanto, han abandonado su estatus de residencia. Los oficiales del CBP también pueden iniciar procesos de remoción contra estas personas. Además, las personas que no presentan sus declaraciones de impuestos al Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) mientras viven fuera de Estados Unidos también pueden enfrentar procesos de remoción en su contra.

Prevención

Existen formas de pasar un largo periodo de tiempo fuera de Estados Unidos sin perder el estatus de residente permanente. Los titulares de la tarjeta verde tienen la opción de solicitar un permiso de reentrada antes de salir de Estados Unidos; estos permisos pueden extender su estadía fuera de Estados Unidos hasta por 24 meses. El personal del gobierno de Estados Unidos y sus familias que son titulares de la tarjeta verde pueden permanecer en el extranjero durante el tiempo de su asignación oficial sin perder su estatus de residencia permanente. Los titulares de la tarjeta verde que trabajan en Estados Unidos pero viven en Canadá o México también están exentos de perder su estatus de residencia permanente debido a largos periodos de tiempo fuera de Estados Unidos.

Obtener nuevamente una visa

Los inmigrantes que han perdido su estatus de residente permanente y desean regresar a Estados Unidos deben solicitar una nueva visa de inmigrante. Por lo general, un pariente estadounidense puede presentar una petición de inmigrante I-130 y el inmigrante solicita el procesamiento consular después de que el USCIS aprueba la petición de visa. En algunos casos, el antiguo residente permanente puede solicitar una visa de residente que regresa. Esto requiere evidencia de los lazos a largo plazo del solicitante con Estados Unidos. El solicitante también debe ser capaz de explicar por qué la estancia prolongada fuera de Estados Unidos estaba fuera de su control y que siempre tuvo la intención de regresar. Los estándares de evidencia necesarios en las visas de residente que regresa pueden ser bastante rigurosos, por lo que es importante buscar la ayuda de un abogado de inmigración.

2. Utilizar el Formulario I-407 para renunciar voluntariamente a una tarjeta verde

Cada año, varios miles de personas renuncian voluntariamente a su residencia permanente en Estados Unidos presentando el formulario I-407, Registro de Abandono del Estatus de Residente Permanente Legal. La razón más común para hacer esto es evitar pagar impuestos en Estados Unidos (lo cual los residentes permanentes deben hacer), aunque hay muchas personas que renuncian voluntariamente a sus tarjetas verdes estadounidenses por diversas razones.

En algunos casos, los oficiales del CBP pueden pedir a ciertas personas que han estado viviendo en el extranjero durante mucho tiempo y que creen que han abandonado su residencia en Estados Unidos, que firmen el Formulario I-407 y se deporten voluntariamente de Estados Unidos. Sin embargo, si la persona desea mantener su residencia permanente, no está obligada a firmar el formulario y tiene derecho a defenderse en los procesos de remoción.

3. Fraude y representación intencionalmente falsa

El fraude o la representación intencionalmente falsa de los hechos al preparar una solicitud, presentar pruebas o durante entrevistas con funcionarios de inmigración creará problemas significativos en el futuro que pueden resultar en la pérdida del estatus de residente permanente y en procesos de deportación.

Las dos formas más comunes de fraude que resultan en la pérdida del estatus de residente permanente son el fraude matrimonial y el fraude de visas de no inmigrante.

Fraude matrimonial

Individuos deshonestos pueden utilizar matrimonios fraudulentos de conveniencia con un ciudadano estadounidense como un camino rápido hacia una tarjeta verde. Algunos esquemas comunes de fraude matrimonial incluyen:

  • Pagar a un ciudadano estadounidense para que se case con un extranjero.
  • Un ciudadano estadounidense se casa con un extranjero únicamente como un favor para concederle el estatus de inmigrante.
  • Engañar a un ciudadano estadounidense haciéndole creer que su matrimonio es legítimo, cuando en realidad solo se hizo para obtener una tarjeta verde.
  • Matrimonios por correo pre-arreglados en los que tanto el ciudadano estadounidense como el extranjero saben que el matrimonio es fraudulento.
  • Fraude en la lotería de visas mediante matrimonios fraudulentos.

Fraude de visas de no inmigrante

Los extranjeros que solicitan visas de no inmigrante temporales para Estados Unidos deben convencer a un agente de inmigración de que regresarán a su país de origen al finalizar su período de visa. Si no regresan y permanecen en Estados Unidos después de que su visa haya expirado, esto se considera una violación de las reglas de inmigración. Por ejemplo, entrar a Estados Unidos con una visa de visitante B-2 con la intención premeditada de casarse y presentar el Formulario I-485 para ajustar el estatus sería una violación de los términos de la visa y se consideraría fraude de visa de no inmigrante.

4. Actividad criminal

En general, un titular de residencia permanente puede enfrentar procesos de remoción si es condenado por ciertos tipos de delitos criminales, generalmente delitos violentos o cualquier otra actividad criminal grave que conlleve tiempo de cárcel.

Una lista exhaustiva de delitos que resultan en procesos de deportación para los titulares de residencia permanente está más allá del alcance de este artículo. Cualquier persona que sea atrapada en tal situación debe consultar a un abogado de inmigración experimentado que pueda analizar su caso específico y brindar asesoramiento. Aunque en teoría los abogados de defensa criminal tienen la obligación de informar a sus clientes sobre las consecuencias de inmigración al declararse culpables, en la práctica no están tan familiarizados con esos aspectos de la ley como los abogados de inmigración. Incluso si su abogado de defensa criminal le asegura que su expediente será borrado o eliminado, aún puede haber graves consecuencias para los titulares de tarjetas verdes, por lo que es mejor hablar primero con un abogado de inmigración experimentado.

Una regla general es que se iniciarán procesos de deportación contra cualquier titular de tarjeta verde que:

  • Sea condenado por un delito que implique depravación moral y sea castigado con al menos un año de cárcel.
  • Sea condenado por dos o más delitos separados que impliquen depravación moral y que no hayan surgido de un solo plan de conducta delictiva.
  • Sea condenado por un delito grave.

Tenga en cuenta que incluso si las autoridades de inmigración no inician procesos de remoción contra un residente permanente que ha sido arrestado y acusado, le resultará difícil renovar su tarjeta verde o solicitar la ciudadanía, ya que los arrestos o condenas anteriores se considerarán una violación de las reglas de residencia permanente.

Los residentes permanentes que han sido condenados por delitos graves que desencadenan procesos de deportación no serán deportados de inmediato. Estas personas tendrán el derecho a defenderse ante un juez en un tribunal de inmigración y también tendrán derecho a apelar cualquier orden de deportación.

5. No actuar al finalizar el período de residencia condicional

Ciertas clases especiales de residentes permanentes son “residentes condicionales”. Los empresarios o las clases de inmigrantes cónyuges extranjeros reciben lo que se conoce como una tarjeta verde condicional de dos años. Estas son diferentes de las tarjetas verdes regulares de 10 años porque no se pueden renovar al finalizar el período de dos años.

Los cónyuges extranjeros o los inversionistas extranjeros que son titulares de estas tarjetas verdes condicionales deben presentar una petición de “remoción de condiciones” en el período de 90 días antes de que expire su tarjeta verde condicional de dos años. De lo contrario, perderán su estatus de residencia permanente y serán elegibles para la deportación.

Aquellas personas que hayan recibido tarjetas de residencia condicional por matrimonio deben presentar el Formulario I-751, Petición para Eliminar las Condiciones de Residencia. Los emprendedores o inversionistas extranjeros deben presentar el Formulario I-829, Petición del Emprendedor para Eliminar Condiciones. En ambos casos, la solicitud debe presentarse dentro de los 90 días antes de que expire su tarjeta de residencia de 2 años.

La ciudadanía es la mejor manera de mantener tu estatus legal en Estados Unidos.

El objetivo final de cualquier residente permanente legal es obtener la ciudadanía estadounidense. Los ciudadanos estadounidenses están protegidos de todo tipo de sanciones que podrían resultar en deportación. Las condenas criminales graves que normalmente darían lugar a procedimientos de deportación contra residentes permanentes no se aplican a los ciudadanos. La única forma en que un ciudadano estadounidense naturalizado puede ser sujeto a órdenes de deportación por parte de los funcionarios de inmigración es si obtuvieron fraudulentamente su tarjeta verde y/o ciudadanía en primer lugar.

Cómo obtener un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) / Formulario FS-240

Cómo obtener un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) / Formulario FS-240

Un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) es un documento emitido por una embajada o consulado de Estados Unidos que otorga la ciudadanía estadounidense a los niños nacidos en el extranjero de padres, donde los cuales uno o ambos son ciudadanos estadounidenses. El CRBA también se conoce como Formulario FS-240, según su número de documento. El Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero, o documento Formulario FS-240, cumple el mismo propósito que un Certificado de Ciudadanía, un pasaporte estadounidense o un Certificado de Naturalización al certificar la adquisición de la ciudadanía estadounidense para un niño nacido fuera de Estados Unidos.

¿Quién es elegible para solicitar el Formulario FS-240/CRBA?

Para calificar para el Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero, el niño nacido en el extranjero debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Uno o ambos padres del niño deben ser ciudadanos estadounidenses en el momento del nacimiento.
  • El ciudadano estadounidense debe demostrar que estuvo físicamente presente en Estados Unidos durante el tiempo mínimo requerido (generalmente 5 años).
  • Debe existir una relación de parentesco sanguíneo entre el(los) padre(s) y el niño. (Es posible que se requieran pruebas adicionales como análisis de sangre).
  • Solo los niños que adquirieron la ciudadanía estadounidense al nacer y tienen menos de 18 años son elegibles para solicitar un CRBA. Los hijos de ciudadanos estadounidenses nacidos en el extranjero que ahora tienen más de 18 años no pueden solicitar el Formulario FS-240, pero tienen otras opciones para obtener su ciudadanía (ver más abajo).

¿Cómo solicitar un CRBA?

Aquí están los pasos para obtener un documento Formulario FS-240:

  1. Reúne toda la evidencia requerida. Esto incluye: documentos que prueben el nacimiento del niño; prueba de ciudadanía estadounidense de uno o ambos padres; prueba de su matrimonio (si corresponde) *; y evidencia de que el(los) padre(s) estuvieron físicamente presente(s) en Estados Unidos.
  2. El nacimiento debe ser reportado a la embajada o consulado de Estados Unidos más cercano sin demora. No reportar el nacimiento del niño a tiempo podría causar complicaciones para establecer su ciudadanía estadounidense en el futuro.
  3. Los procedimientos de solicitud varían para las embajadas o consulados en diferentes jurisdicciones alrededor del mundo, por lo que es necesario contactar a la embajada o consulado responsable de la región donde nació tu hijo y conocer sus procedimientos de solicitud específicos. Por lo general, la página web de la embajada o consulado local tendrá esta información.
  4. Después de que la solicitud sea aprobada, el oficial consular emitirá un Formulario FS-240, o Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero. El(los) padre(s) recibirán una copia original. También se pueden solicitar copias adicionales, documentos de reemplazo o enmiendas en cualquier momento.

*En casos en los que el padre sea ciudadano y la madre no, el padre normalmente firma una declaración jurada afirmando que es el padre biológico del niño y que proporcionará apoyo económico al niño.

¿Quién no es elegible para un CRBA?

Las personas nacidas en las Islas Vírgenes de Estados Unidos (después de 1917); Samoa Americana (después de 1900); Guam (después de 1952); Swains Island (después de 1925); Puerto Rico (después de 1899); Zona del Canal de Panamá (antes de 1979); Islas Marianas del Norte (después de 1978) y Filipinas (antes de 1946) no son elegibles para solicitar un CRBA. Estos territorios son (o eran) parte de Estados Unidos, por lo que las personas nacidas allí en los períodos de tiempo adecuados no se consideran nacidas en el extranjero y ya son ciudadanos estadounidenses. Estas personas pueden solicitar un pasaporte estadounidense proporcionando su certificado de nacimiento y cualquier otro documento requerido por las leyes que rigen la ciudadanía estadounidense en ese territorio.

¿Pueden las personas mayores de 18 años que son hijos de ciudadanos estadounidenses solicitar un CRBA?

Las personas nacidas en el extranjero de padres ciudadanos estadounidenses que ahora tienen más de 18 años no son elegibles para solicitar un CRBA. Deben utilizar el Formulario N-600 para solicitar un Certificado de Ciudadanía, o pueden solicitar directamente un pasaporte estadounidense.

No siempre es tan claro. Contáctanos para obtener ayuda con tu caso.

Estos son solo algunos escenarios sencillos en los que un niño nacido en el extranjero de padres que son ciudadanos estadounidenses puede obtener la ciudadanía. Hay muchos otros escenarios posibles en los que los hijos menores o adultos nacidos en el extranjero pueden derivar o adquirir la ciudadanía estadounidense de sus padres, donde las leyes de inmigración no son tan claras. Sea cual sea tu situación, no dudes en contactarnos para obtener un análisis más detallado de tu situación individual.

Diferencias entre el estatus de Residente Permanente y la Ciudadanía

Diferencias entre el estatus de Residente Permanente y la Ciudadanía

Los residentes permanentes legales (poseedores de tarjeta verde) tienen muchos derechos y privilegios, como vivir y trabajar indefinidamente en Estados Unidos. Sin embargo, existen varias limitaciones que vienen con el estatus de residente permanente y que los ciudadanos estadounidenses no tienen. Es importante que todos los poseedores de tarjeta verde conozcan estas diferencias; cómo afectan sus derechos y responsabilidades; cómo mantener su estatus de residencia permanente; y cómo eventualmente obtener la ciudadanía estadounidense.

¿Cuáles son las diferencias entre el estatus de residente permanente legal y la ciudadanía?

Aquí están las restricciones que tienen los poseedores de tarjeta verde y que los ciudadanos estadounidenses no tienen:

Votación: Los residentes permanentes no tienen el privilegio de votar. No pueden votar en elecciones locales, estatales o federales y hacerlo sería considerado un delito. Los ciudadanos estadounidenses no tienen tales restricciones y pueden votar en todas las elecciones.

Pasaportes estadounidenses: Los residentes permanentes no pueden obtener un pasaporte estadounidense y deben seguir utilizando el pasaporte de su país de origen. Solo los ciudadanos estadounidenses son elegibles para tener pasaportes estadounidenses.

Protección contra la deportación: Los ciudadanos estadounidenses no pueden ser sujetos a deportación a otro país en ninguna circunstancia. Los residentes permanentes no tienen esta protección y pueden ser revocados sus permisos de permanencia y por lo tanto ser deportados a sus países de origen.

Cargos públicos: Los residentes permanentes no pueden postularse ni ocupar cargos públicos, mientras que los ciudadanos estadounidenses pueden hacerlo libremente.

Traer familiares a Estados Unidos: Aunque los residentes permanentes pueden solicitar traer a sus familiares a Estados Unidos, deben hacerlo bajo la visa de “Preferencia Familiar”, que está sujeta a cuotas, períodos de espera y otras limitaciones. Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar traer a sus familiares directos del extranjero a través de la visa de “Familiar Inmediato”, que no tiene cuotas anuales y generalmente se procesa más rápido.

Beneficios gubernamentales: Los residentes permanentes son elegibles para recibir beneficios, pero en una escala limitada (muchos programas gubernamentales tienen un período de espera de cinco años antes de que los residentes permanentes puedan comenzar a recibir beneficios). Por otro lado, los ciudadanos estadounidenses pueden aprovechar la gama completa de beneficios gubernamentales.

Empleos gubernamentales: Si bien los residentes permanentes pueden trabajar en cualquier lugar de Estados Unidos, se les prohíbe encontrar empleo en muchas Agencias del Gobierno de Estados Unidos, ya que esos trabajos están limitados, por ley, solo a ciudadanos estadounidenses.

Viajar al extranjero: Viajar al extranjero puede ser complicado para los residentes permanentes si es comparado con los ciudadanos estadounidenses. Los poseedores de tarjeta verde que pasen una cantidad determinada de tiempo en el extranjero cada año corren el riesgo de que se les revoque su estatus de residente permanente. Además, los residentes permanentes deben asegurarse de tener una tarjeta verde válida y no vencida para volver a ingresar a Estados Unidos desde otro país.

Una tarjeta verde no debe considerarse como una solución permanente, sino como un paso intermedio hacia el objetivo final de obtener la ciudadanía estadounidense. Por favor, contáctanos si tienes preguntas sobre cómo mantener tu estatus de residencia permanente o cómo obtener la ciudadanía estadounidense.

Formulario I-601A: Exención Provisional por Presencia Ilegal

Formulario I-601A: Exención Provisional por Presencia Ilegal

El Formulario I-601A, conocido como Exención Provisional por Presencia Ilegal, es un programa implementado el 3 de marzo de 2013, diseñado para personas extranjeras que viven actualmente en Estados Unidos y que son elegibles estatutariamente para obtener una visa de inmigrante, pero que no pueden solicitar el ajuste de estatus debido a períodos de presencia ilegal. Este programa tiene como objetivo reducir el tiempo que un ciudadano estadounidense o residente permanente y su familiar extranjero pasan separados durante el proceso de solicitud consular.

¿Qué es la exención I-601/I-601A y quién debería solicitarla?

Las personas extranjeras legalmente presentes en Estados Unidos pueden ser patrocinadas por sus familiares ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes para obtener una tarjeta verde bajo el programa de Visa de Inmigrante Basada en la Familia. En el caso de las personas extranjeras casadas con ciudadanos estadounidenses, si ingresaron a Estados Unidos sin inspección (es decir, cruzaron la frontera sin ser inspeccionados y admitidos por un funcionario de inmigración) y se quedaron más de 180 días, se considera que no son elegibles para ajustar su estatus desde dentro de Estados Unidos debido a la presencia ilegal. En el caso de las personas extranjeras casadas con residentes permanentes de Estados Unidos, si ingresaron a Estados Unidos sin inspección y se quedaron más de 180 días, O si excedieron su período de estadía autorizada por más de 180 días después de una entrada legal, se considera que no son elegibles para ajustar su estatus desde dentro de Estados Unidos debido a la presencia ilegal.

Las personas extranjeras que han acumulado más de 180 días de presencia ilegal tienen una prohibición de reingreso a Estados Unidos de 3 años. Si han estado de manera ilegal en el país durante más de 1 año, tienen una prohibición de reingreso de 10 años. Las prohibiciones se activan en el momento en que abandonan Estados Unidos.

Antes de la implementación de la Exención Provisional por Presencia Ilegal, la única opción para las personas que habían estado de manera ilegal en Estados Unidos durante 180 días o más, pero que de otro modo calificaban para una visa de inmigrante, visa de empleo o visa de diversidad, era salir de Estados Unidos y solicitar el procesamiento consular en el consulado de Estados Unidos en su país de origen. También debían presentar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Motivos de Inadmisibilidad, que, si se aprobaba, cancelaría la prohibición de reingreso de 3 o 10 años. El procesamiento consular lleva mucho tiempo y un solicitante podía esperar de 1 a 2 años para que se aprobara su solicitud de tarjeta verde y la exención del Formulario I-601.

Para reducir este largo tiempo de espera, se introdujo el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal, en marzo de 2013. Con el programa de Exención Provisional por Presencia Ilegal, las personas extranjeras que han estado de manera ilegal en Estados Unidos durante 180 días o más, pero que son elegibles para solicitar una tarjeta verde a través del programa de visa basada en la familia, pueden solicitar la exención de presencia ilegal mientras aún se encuentran en Estados Unidos. La persona extranjera puede permanecer en Estados Unidos hasta que el USCIS adjudique el Formulario I-601A. Si se aprueba la solicitud de exención provisional, el solicitante aún debe abandonar el país y solicitar su tarjeta verde a través del procesamiento consular. Sin embargo, por lo general, el tiempo de espera fuera de Estados Unidos es mucho más corto que bajo el sistema anterior, ya que no se les exige regresar a su país de origen hasta que se programe la entrevista de visa.

¿Quién califica para el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal?

Para calificar para la exención provisional por presencia ilegal, el solicitante debe cumplir TODAS las siguientes condiciones:

  • Tener al menos 17 años y estar físicamente presente en Estados Unidos al presentar el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal.
  • Tener un caso de visa de inmigrante pendiente en el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) en las siguientes categorías:
    • El solicitante es el beneficiario principal de un Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, aprobado; un Formulario I-140, Petición para Trabajador Extranjero, aprobado; o un Formulario I-360, Petición para Amerasian, Viudo(a) o pertenece a la Clase de Inmigrante Especial y ha pagado todas las tarifas de procesamiento de visa requeridas;
    • Es cónyuge o hijo(a) de un beneficiario principal de cualquiera de las clases de visa mencionadas anteriormente y ha pagado todas las tarifas de procesamiento de visa necesarias.
    • Ha sido seleccionado por el Departamento de Estado en el Programa de Visas de Diversidad y actualmente está en proceso de obtener la visa.
    • Es cónyuge o hijo(a) de un seleccionado en el Programa de Visas de Diversidad.
  • Poder demostrar con evidencia que la negación de su reingreso a Estados Unidos causará dificultades extremas a su cónyuge o padre/madre ciudadano estadounidense o residente permanente legal, y/o evidencia de dificultades emocionales, financieras o médicas.
  • Creer que es o será inadmisible para reingresar a Estados Unidos debido a un período de presencia ilegal de más de 180 días o más de 1 año durante una sola estadía.
  • No estar sujeto a ningún otro motivo de inadmisibilidad que no sea la presencia ilegal.

Las situaciones en las que un solicitante de otra manera podría calificar para el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal, pero que actualmente se encuentran en un proceso de deportación son complicadas y van más allá del alcance de este artículo; un abogado de inmigración puede brindar orientación en dichos casos.

El proceso de solicitud de una exención provisional puede ser complicado. Conocer todos los factores que pueden afectar la elegibilidad y si hay algún inconveniente al solicitar la exención es un desafío. Consulta con un abogado de inmigración con experiencia para ver cuál es la mejor opción para ti y cómo presentar una solicitud exitosa de exención provisional.

Documento de Viaje para Refugiados (Formulario I-131)

Documento de Viaje para Refugiados (Formulario I-131)

¿Qué es un Documento de Viaje para Refugiados (Formulario I-131)?

Un documento de viaje para refugiados es un documento oficial de viaje, similar a un pasaporte, que es emitido por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) a refugiados o asilados, permitiéndoles viajar al extranjero y regresar a Estados Unidos. Los titulares de la tarjeta verde que obtuvieron su residencia permanente como resultado de su estatus de refugiado o asilo también deben solicitar un documento de viaje para refugiados para viajar al extranjero. Mientras que la tarjeta verde en sí otorga al titular el derecho de ingresar a Estados Unidos (siempre que hayan estado fuera del país por menos de 1 año), por lo general se requiere un documento de viaje para refugiados para ingresar a otros países en lugar de un pasaporte.

Los solicitantes de asilo (es decir, personas que han presentado un formulario I-589) no pueden obtener un Documento de Viaje para Refugiados y, en su lugar, deben solicitar un Documento de Permiso de Entrada Anticipada (Advance Parole Document), que les permite regresar a Estados Unidos sin visa después de viajar al extranjero.

Las personas con estatus de refugiado o asilo y los solicitantes de asilo que viajan fuera de Estados Unidos sin un documento de viaje para refugiados o un Documento de Permiso de Entrada Anticipada corren el riesgo de ser denegados al reingresar a Estados Unidos e incluso pueden ser sujetos a procedimientos de expulsión ante un juez de inmigración.

¿Cómo solicito un Documento de Viaje para Refugiados (Formulario I-131)?

Los residentes permanentes legales en Estados Unidos generalmente no necesitan un documento de viaje para refugiados para viajar internacionalmente, ya que sus tarjetas verdes les permiten regresar a Estados Unidos después de un viaje al extranjero, siempre que hayan estado fuera del país por menos de 1 año. Sin embargo, la mayoría de los refugiados o asilados que han obtenido tarjetas verdes no pueden solicitar pasaportes de sus países de origen o pueden optar por no viajar como nacionales de esos países. Un documento de viaje para refugiados les permite a estas personas viajar al extranjero, funcionando esencialmente como un pasaporte.

Para solicitar un documento de viaje para refugiados, debes presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Los siguientes documentos deben incluirse con la solicitud:

  • Prueba de tu estatus de refugiado o asilo.
  • Una copia de una identificación con foto oficial con el nombre y la fecha de nacimiento del solicitante (como una licencia de conducir válida o pasaporte extranjero).
  • La tarifa de presentación necesaria (y una tarifa adicional de biometría si el solicitante tiene entre 14 y 79 años).
  • Los documentos de identificación en un idioma extranjero deben incluir una traducción completa al inglés y un certificado de traducción.

Los miembros adicionales de la familia que tienen estatus de refugiado o asilo derivado (o que han obtenido tarjetas verdes basadas en el estatus de refugiado/asilo) también deben presentar solicitudes separadas de Formulario I-131 y proporcionar todos los documentos de respaldo necesarios.

Algunas semanas después de enviar el formulario, los solicitantes recibirán un aviso por escrito para visitar su oficina local de USCIS para una cita de biometría, donde se les tomarán las huellas dactilares y se les fotografiará. Es posible que el solicitante también reciba un aviso de USCIS solicitando información o documentación adicional.

¿Cuánto tiempo se tarda en procesar una solicitud de Documento de Viaje para Refugiados (Formulario I-131)? ¿Por cuánto tiempo son válidos?

Una solicitud de Documento de Viaje para Refugiados puede tardar de dos a seis meses. Tiene sentido solicitarlo varios meses antes de planificar viajar fuera de Estados Unidos.

Los solicitantes deben estar físicamente en Estados Unidos al presentar la solicitud del Formulario I-131. Sin embargo, pueden salir de Estados Unidos antes de recibir el documento de viaje (siempre que completen su cita de biometría antes de salir). El Formulario I-131 tiene una disposición para solicitar que el documento de viaje se envíe a una embajada, consulado u oficina del Departamento de Seguridad Nacional en el extranjero.

No se recomienda viajar al extranjero para las personas que hayan presentado sus solicitudes de Formulario I-131 pero aún no hayan recibido un documento de viaje válido. Aunque nada les impide viajar al extranjero, corren el riesgo de ser denegados al reingresar a Estados Unidos si su solicitud de Formulario I-131 es denegada por USCIS y no han obtenido un documento de viaje. Un documento de viaje para refugiados vence un año después de la fecha en que se emitió y no se puede extender. Al planificar un viaje al extranjero, el titular del documento de viaje para refugiados debe asegurarse de que no expire antes de intentar volver a ingresar a Estados Unidos.

No viajes al país de persecución

Las personas con estatus de refugiado/asilo en Estados Unidos no deben viajar de regreso al país donde alegaron persecución en su solicitud de refugiado/asilo. Incluso si tienen un documento de viaje para refugiados válido, pueden ser denegados al reingresar a Estados Unidos si han viajado a este país. En tales casos, USCIS, el Departamento de Estado u otras agencias de inmigración pueden decidir que la persona ya no corre el riesgo de persecución en su país de origen y ya no necesita la protección de Estados Unidos. Los residentes permanentes legales que obtuvieron su estatus como refugiados o asilados también podrían perder su tarjeta verde si regresan al país del cual alegaron que necesitaban protección.

¿Necesitas solicitar un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje? Los errores en la solicitud pueden causar retrasos y rechazos. Ponte en contacto con un abogado de inmigración con experiencia para preparar y presentar correctamente los documentos, de modo que obtengas el mejor resultado posible.

¿Qué significa el nuevo fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos para su caso migratorio?

¿Qué significa el nuevo fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos para su caso migratorio?

El 21 de junio del 2018, la Corte Suprema de los Estados Unidos  dio su fallo en el caso Pereira v. Sessions, en el cual estableció que las Notificaciones de Comparecencia, mejor conocidas como Notice to Appear, no son válidas si no determinan el lugar, la fecha, y la hora de la audiencia.  La mayoría de estas notificaciones fueron entregadas de esta manera y por eso ahora se puede argumentar que no son validas.

¿Esto qué significa?

Primero necesitas ver tu Notificación de Comparecencia para ver si establece la fecha y la hora de tu audiencia con el juez de inmigración.  La mayoría de estas notificaciones dejaron estos datos en blanco o con las letras TBD que significan que se determinarán los datos después.  Si tu notificación esta así, tienes la posibilidad de hacer los siguiente: xsplit vcam

  • Si ya tienes una orden de deportación y apelaste tu caso, puedes someter una moción para reabrir tu caso y terminarlo por la notificación defectuosa.
  • Si tú tienes una orden de deportación por que no asististe a tu audiencia, puedes someter una moción para que se reabra tu caso y pedirle a la corte que quite tu deportación ya que tu notificación es inválida.
  • Si perdiste tu petición de la cancelación de deportación porque no tenias los años suficientes para establecer tu estancia en los Estados Unidos, el fallo de la corte determino que una notificación defectuosa nunca paro tu tiempo y es probable que ahora seas elegible a la cancelación. De ser así, eres elegible a someter una moción para reabrir tu caso y que el juez evalué tu caso una vez más.
  • Si estás peleando tu caso migratorio frente a un juez, es posible que puedas someter una moción para terminar tu caso debido a la notificación defectuosa.

Todas las personas que han visto a un juez de inmigración o que actualmente están peleando su caso, posiblemente puedan beneficiarse por el fallo de la Corte Suprema.  Comunícate con nosotros (619) 748-8621  para evaluar tu caso y determinar si eres elegible.

¿Quién califica para el perdón provisional I-601A?

¿Quién califica para el perdón provisional I-601A?

La exención provisional por presencia ilegal es mejor conocido como el perdón provisional I-601A. Las personas que necesitan este perdón son los que acumularon presencia ilegal de la siguiente manera:

  • Si llegaste a los Estados Unidos sin documentos y has permanecido aquí por más de 6 meses.
  • Si llegaste a los Estados Unidos con una visa y te quedaste por más de 6 meses después de que se venció tu permiso de permanecer en los Estados Unidos.
    • Si el familiar que te esta pidiendo es tu familiar inmediato como hijo mayor de 21 años o tu esposa(o), no necesitas el perdón ya que calificas para pedir tu mica por los Estados Unidos. Todas las demás personas que no se encuentren en el supuesto antes mencionado necesitaran el perdón-.

La exención provisional solamente “perdona” tu estancia ilegal en los Estados Unidos. La ley penaliza a todas las personas que entraron a los Estados Unidos y que se quedaron por más de 6 meses sin documentos. Al momento que un familiar te pide y necesitas salir a tu país de origen a una entrevista en el consulado o embajada americana, se te pone una pena de 3 años o de 10 años dependiendo del tiempo que estuviste sin documentos. Todos aquellos que han estado en los Estados Unidos por más de 1 año sin documentos, tendrán una pena de 10 años. Una solicitud aprobada absuelve la pena de 3 o 10 años y de esa manera puedes regresar a los Estados Unidos como residente inmediatamente después de tu entrevista en la embajada americana en tu país de origen.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Estar físicamente presente en los Estados Unidos cuando sometes tu petición.
  • Acudir a una cita para proveer tus huellas. bitdefender 2016 torrent
  • Tener más de 17 años.
  • Tener una visa disponible con la cual podrás acudir a tu cita en tu país de origen en la embajada o consulado americano. Las visas de inmigrante mencionadas a continuación son las que califican:
    • Formulario I-130 aprobado basado en la petición de un familiar.
    • Formulario I-360 aprobado basado en la petición de un Eurasiático, viudo(a), o inmigrante especial.
  • Demostrar que pagaste la tarifa de procesamiento de tu visa de inmigrante con el Departamento del Estado.
  • Eres inadmisible a los Estados Unidos por un periodo de presencial ilegal.
  • Demostrar que, si te negaran tu visa de inmigrante, esto causara dificultades extremas a tu cónyuge o a tus padres, en su caso, que sean ciudadanos americanos o residentes permanentes.

¡Los hijos ciudadanos americanos o residentes no te hacen calificar para este perdón!

Recuerda que este perdón solamente perdona tu estancia ilegal en los Estados Unidos. Si tú tienes varias salidas y entradas a este país o cometiste un crimen, no calificaras para el perdón. También te tienes que asegurar que no tengas otras cosas que te puedan hacer inelegible para la visa y que por ese motivo necesites otro perdón ya que estés en tu país de origen. Es importante que un abogado de inmigración analice tu caso.

Comunícate con nosotros si necesitas una orientación para este proceso.

¿Cómo obtener una Mica si tu Esposo(a) te maltrata?

¿Cómo obtener una Mica si tu Esposo(a) te maltrata?

Alguna vez tu cónyuge (esposo o esposa):

  • ¿Te ha amenazado con golpearte a ti o a tus hijos?
  • ¿La violencia es física? – ¿Te ha pegado, te ha dado puñetazos y/o bofetadas? ¿Te ha empujado o lastimado a ti o a tus hijos de alguna otra manera?
  • ¿Ha abusado de ti emocionalmente? – ¿Esto usualmente pasa con insultos hacia ti o tus hijos en la casa o en público?
  • ¿Te obliga a tener relaciones sexuales cuando tú no quieres?
  • ¿Te ha amenazado en quitarte a tus hijos o en lastimarlos?
  • ¿Te ha amenazado con echarte a la “migra” o autoridades de inmigración para que te deporten?
  • ¿Controla tus salidas, lo que haces, y hasta con quien sales?
  • ¿Controla el dinero que te da y te ha corrido de tu casa?

Estamos listos para ayudarle, llame nuestra oficina ahora o envíenos un mensaje sobre su caso.

Si respondiste “SI” a cualquiera de estas preguntas, tú y tus hijos pueden calificar para obtener:

  • Permiso de trabajo.
  • Permiso temporal para vivir en los Estados Unidos mientras que tramitas tu solicitud para tu residencia permanente (“mica”).
  • Solicitar y obtener la mica sin la ayuda de tu cónyuge.
  • Puedes solicitar atención médica y beneficios del gobierno como dinero o estampillas.

Los requisitos para calificar a la solicitud de inmigración contra la violencia a las mujeres*, mejor conocida como VAWA (Violence Against Women Act), son los siguientes:

  • Estar viviendo en los Estados Unidos (si estas en el extranjero puedes calificar si demuestras circunstancias especiales). avast free antivirus 2018 activation code
  • Si viviste con tu cónyuge por algún tiempo sin importar si fue en los Estados Unidos o en el extranjero.
  • Si tu cónyuge te maltrato a ti o a tus hijos durante el matrimonio.
  • Si tu cónyuge es ciudadano americano o residente permanente de los Estados Unidos, al igual que:
    • Si tu cónyuge era residente, pero fue deportado por haber cometido la violencia domestica, aun puedes tener derecho a solicitar VAWA.
    • Si te divorciaste recientemente debido al maltrato que sufriste, puedes calificar para VAWA.
  • Tienes que demostrar que tu matrimonio fue en buena fe y no para poder recibir un beneficio migratorio.

¿Qué puedes hacer para documentar el maltrato y tener una solicitud exitosa?

  • Guarda reportes de la policía, del doctor o cualquier otro documento que te ayude a demostrar el maltrato.
  • Guarda copia de cualquier documento que demuestre que viviste con tu cónyuge. Estos documentos pueden ser estados de cuenta del banco, contratos o recibos de renta, documentos de la escuela de tus hijos, recibos de celular, etc.
  • Comprobantes de que vives en los Estados Unidos.
  • Copia de documentos oficiales importantes como acta de matrimonio, acta de divorcios anteriores, actas de nacimiento, copias de pasaporte o mica de tu cónyuge.
  • También es importante escribir las fechas de los incidentes del maltrato y una narración de lo que paso en cada incidente.

Si necesitas asistencia inmediata porque tu vida está en peligro, llama al 1-800-799-SAFE (7233)

*El hecho de que la petición se llame solicitud de inmigración contra la violencia a las mujeres, no significa que solamente mujeres califican.  También los hombres son víctimas de violencia domestica y califican para esta petición.

Como Obtener Una Mica Por Medio Del Matrimonio

Como Obtener Una Mica Por Medio Del Matrimonio

Si tu eres ciudadano americano y quieres pedir a tu pareja, hay diferentes formas de pedirla a dependiendo en donde residan.Este articulo se enfocará en las parejas que viven actualmente en los Estados Unidos.

Cuando un ciudadano americano pide a su pareja, siempre hay una visa disponible para su pareja ya que se le considera familiar inmediato.Esto significa que se podrá someter la petición familiar para tu pareja y al mismo tiempo se somete la petición del ajuste de estatus para obtener la residencia permanente – lo que se conoce comúnmente como la mica.Esta petición que solamente se puede someter en los Estados Unidos.Cuando la petición de la mica se esta haciendo por una embajada o consulado americano en otro país, se le llama proceso consular.

Para poder someter la petición con el ajuste de estatus, es necesario que tu pareja califique.Las únicas personas que pueden someter el ajuste de estatus son aquellas que entraron legalmente a los Estados Unidos ya sea con visa de turista, permiso de permanencia temporal (parole), o si algún familiar les sometió una petición antes de abril del 2001.La manera de entrada a los Estados Unidos es un factor extremadamente importante ya que el gobierno americano penaliza a todos aquellos que entraron sin ser inspeccionados en una garita de entrada.Por lo tanto, las personas que entraron “ilegalmente” no pueden hacer un ajuste de estatus al menos que tengan una petición pendiente que se sometió antes de abril del 2001.

Si tu pareja entro “legalmente” a los Estados Unidos y se caso con un ciudadano americano, se podrá someter la petición familiar con la petición para la mica.Al mismo tiempo, se somete una petición para que le den permiso de trabajo mientras obtiene tu mica.Con el permiso de trabajo, tu pareja podrá obtener un numero de seguro social y su licencia de manejo.Es muy importante que los formularios sean llenados apropiadamente ya que cuando se cometen errores, tu información puede salir incorrecta.

Actualmente, el promedio de tiempo para que se finalice un ajuste de estatus es mas de un año.Este tiempo es de cuando se somete la petición hasta que se tiene la entrevista.En la entrevista de tu ajuste, el oficial de inmigración va a hacerles preguntas sobre toda la información que sometieron en sus formularios.Además, como la petición es por medio del matrimonio, cuestionara sobre su noviazgo, matrimonio, y sus vidas intimas y personales.Todos los matrimonios que tengan menos de 2 años casados el día de la entrevista, se les dará una residencia condicional por 2 años.Antes de los 2 años tienen que asegurarse de remover las condiciones y también tendrán que establecer de nuevo que su matrimonio fue basado en buena fe y no por el propósito de recibir una mica.

Este proceso migratorio tiende ser largo, complicado, y estresante.La abogada Yunuen Mora de Cross Border Lawyer ha sometido y representado innumerables casos de ajuste de estatus con éxito.Ella podrá representarlos desde el inicio, explicarles el proceso, y contestarles todas sus dudad en el trayecto.Ella también los preparara para la entrevista y los acompañara en la entrevista. vray 3.6 for sketchup free download with crack