Formulario I-601A: Exención Provisional por Presencia Ilegal
Formulario I-601A: Exención Provisional por Presencia Ilegal
El Formulario I-601A, conocido como Exención Provisional por Presencia Ilegal, es un programa implementado el 3 de marzo de 2013, diseñado para personas extranjeras que viven actualmente en Estados Unidos y que son elegibles estatutariamente para obtener una visa de inmigrante, pero que no pueden solicitar el ajuste de estatus debido a períodos de presencia ilegal. Este programa tiene como objetivo reducir el tiempo que un ciudadano estadounidense o residente permanente y su familiar extranjero pasan separados durante el proceso de solicitud consular.
¿Qué es la exención I-601/I-601A y quién debería solicitarla?
Las personas extranjeras legalmente presentes en Estados Unidos pueden ser patrocinadas por sus familiares ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes para obtener una tarjeta verde bajo el programa de Visa de Inmigrante Basada en la Familia. En el caso de las personas extranjeras casadas con ciudadanos estadounidenses, si ingresaron a Estados Unidos sin inspección (es decir, cruzaron la frontera sin ser inspeccionados y admitidos por un funcionario de inmigración) y se quedaron más de 180 días, se considera que no son elegibles para ajustar su estatus desde dentro de Estados Unidos debido a la presencia ilegal. En el caso de las personas extranjeras casadas con residentes permanentes de Estados Unidos, si ingresaron a Estados Unidos sin inspección y se quedaron más de 180 días, O si excedieron su período de estadía autorizada por más de 180 días después de una entrada legal, se considera que no son elegibles para ajustar su estatus desde dentro de Estados Unidos debido a la presencia ilegal.
Las personas extranjeras que han acumulado más de 180 días de presencia ilegal tienen una prohibición de reingreso a Estados Unidos de 3 años. Si han estado de manera ilegal en el país durante más de 1 año, tienen una prohibición de reingreso de 10 años. Las prohibiciones se activan en el momento en que abandonan Estados Unidos.
Antes de la implementación de la Exención Provisional por Presencia Ilegal, la única opción para las personas que habían estado de manera ilegal en Estados Unidos durante 180 días o más, pero que de otro modo calificaban para una visa de inmigrante, visa de empleo o visa de diversidad, era salir de Estados Unidos y solicitar el procesamiento consular en el consulado de Estados Unidos en su país de origen. También debían presentar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Motivos de Inadmisibilidad, que, si se aprobaba, cancelaría la prohibición de reingreso de 3 o 10 años. El procesamiento consular lleva mucho tiempo y un solicitante podía esperar de 1 a 2 años para que se aprobara su solicitud de tarjeta verde y la exención del Formulario I-601.
Para reducir este largo tiempo de espera, se introdujo el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal, en marzo de 2013. Con el programa de Exención Provisional por Presencia Ilegal, las personas extranjeras que han estado de manera ilegal en Estados Unidos durante 180 días o más, pero que son elegibles para solicitar una tarjeta verde a través del programa de visa basada en la familia, pueden solicitar la exención de presencia ilegal mientras aún se encuentran en Estados Unidos. La persona extranjera puede permanecer en Estados Unidos hasta que el USCIS adjudique el Formulario I-601A. Si se aprueba la solicitud de exención provisional, el solicitante aún debe abandonar el país y solicitar su tarjeta verde a través del procesamiento consular. Sin embargo, por lo general, el tiempo de espera fuera de Estados Unidos es mucho más corto que bajo el sistema anterior, ya que no se les exige regresar a su país de origen hasta que se programe la entrevista de visa.
¿Quién califica para el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal?
Para calificar para la exención provisional por presencia ilegal, el solicitante debe cumplir TODAS las siguientes condiciones:
- Tener al menos 17 años y estar físicamente presente en Estados Unidos al presentar el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal.
- Tener un caso de visa de inmigrante pendiente en el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) en las siguientes categorías:
- El solicitante es el beneficiario principal de un Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, aprobado; un Formulario I-140, Petición para Trabajador Extranjero, aprobado; o un Formulario I-360, Petición para Amerasian, Viudo(a) o pertenece a la Clase de Inmigrante Especial y ha pagado todas las tarifas de procesamiento de visa requeridas;
- Es cónyuge o hijo(a) de un beneficiario principal de cualquiera de las clases de visa mencionadas anteriormente y ha pagado todas las tarifas de procesamiento de visa necesarias.
- Ha sido seleccionado por el Departamento de Estado en el Programa de Visas de Diversidad y actualmente está en proceso de obtener la visa.
- Es cónyuge o hijo(a) de un seleccionado en el Programa de Visas de Diversidad.
- Poder demostrar con evidencia que la negación de su reingreso a Estados Unidos causará dificultades extremas a su cónyuge o padre/madre ciudadano estadounidense o residente permanente legal, y/o evidencia de dificultades emocionales, financieras o médicas.
- Creer que es o será inadmisible para reingresar a Estados Unidos debido a un período de presencia ilegal de más de 180 días o más de 1 año durante una sola estadía.
- No estar sujeto a ningún otro motivo de inadmisibilidad que no sea la presencia ilegal.
Las situaciones en las que un solicitante de otra manera podría calificar para el Formulario I-601A, Exención Provisional por Presencia Ilegal, pero que actualmente se encuentran en un proceso de deportación son complicadas y van más allá del alcance de este artículo; un abogado de inmigración puede brindar orientación en dichos casos.
El proceso de solicitud de una exención provisional puede ser complicado. Conocer todos los factores que pueden afectar la elegibilidad y si hay algún inconveniente al solicitar la exención es un desafío. Consulta con un abogado de inmigración con experiencia para ver cuál es la mejor opción para ti y cómo presentar una solicitud exitosa de exención provisional.